¿QUÉ ES?
SIDIPI. Son una modalidad de atención
de los servicios de desarrollo integral para la primera infancia (SDIPI); son
de carácter institucional, es decir que ofertan los subniveles 1 y 2 de
educación inicial dentro de un espacio físico definido. Estos servicios se
prestan a través de instituciones públicas, fiscomisionales y particulares.
Incluyen a los CDIPI y establecimientos educativos susceptibles de aplicación
de esta norma técnica. En el caso de las instituciones públicas, el MIES oferta
el subnivel 1 de educación inicial y el MINEDUC se encarga de la oferta del
subnivel 2.
¿PARA QUÉ SIRVEN?
Garantizan la calidad de la
prestación de los servicios institucionalizados de desarrollo integral para la
primera infancia en instituciones particulares, fiscomisionales y públicos.
CAMPO DE APLICACIÓN
NOTA. Los niveles y subniveles educativos están definidos
en el capítulo tercero, artículo 27, del Reglamento General a la Ley Orgánica
de Educación Intercultural. Los servicios institucionalizados de desarrollo
integral para la primera infancia pueden prestar atención a través de:
a) Centros de desarrollo integral
para la primera infancia (CDIPI): que abarcan los siguientes centros:
Centros infantiles del Buen Vivir
(CIBV): son servicios de atención ejecutados por el MIES, sea de administración
directa o a través de convenios, dirigidos a niñas y niños de 12 a 36 meses de
edad. Los CIBV incluyen acciones de salud preventiva, alimentación saludable y
educación en corresponsabilidad con la familia y la comunidad y en articulación
intersectorial; desde un enfoque de derechos, intercultural, e
intergeneracional.
Centros de desarrollo infantil (CDI):
son instituciones particulares que ofertan el servicio a niñas y niños de 45
días a 3 años, o de 45 días a 5 años.
Centros de educación inicial (CEI):
instituciones fiscales y fiscomisionales que ofertan únicamente el servicio de
educación inicial a niñas y niños de 3 a 5 años.
b) Establecimientos educativos:
pueden ser públicos, fiscomisionales o particulares que ofertan el subnivel 2
de educación inicial a niñas y niños, es decir, desde los 3 hasta los 5 años de
edad.
GESTIÓN EDUCATIVA
Planificación institucional Los
SIDIPI deben establecer procesos para:
a) Elaborar un plan educativo en el
marco de la política pública respectiva para los subniveles 1 y 2.
b) Elaborar el proyecto educativo
institucional, con la participación de la comunidad educativa;
c) Desarrollar la autoevaluación
institucional; y,
d) Desarrollar planes de mejora, con
la participación de las autoridades y el comité de autoevaluación, a partir de
los resultados de la evaluación institucional.
GESTIÓN DE CUIDADO
El SIDIPI para la gestión de cuidado,
que incluye cuidado, limpieza e higiene, salud preventiva y alimentación
saludable, debe cumplir la normativa legal vigente expedida por la Autoridad
competente.
Los SIDIPI deben ejecutar acciones
permanentes con las niñas, niños y sus familias para fortalecer prácticas de
cuidado, cuidado mutuo y con el medio ambiente.
Uno de los aspectos más relevantes de
esta etapa educativa es garantizar a las niñas y niños una adecuada asistencia
en cuidado, higiene, alimentación y salud preventiva.
La o el coordinador o director debe
garantizar la atención oportuna de estas necesidades, siendo recomendable la
presencia de un auxiliar pedagógico para dar soporte en los momentos
anteriormente descritos.
GESTIÓN FAMILIAR, COMUNITARIA Y
REDES SOCIALES
Los SIDIPI deben operar bajo la
corresponsabilidad de la familia, la comunidad y la autoridad del SIDIPI,
definiendo procesos de compromisos, seguimiento y sensibilización.
Se debe propiciar el trabajo
participativo y cooperativo con organizaciones vinculadas al área educativa:
instituciones educativas, asociaciones de apoyo técnico, unidades de apoyo a la
inclusión y empresas públicas y privadas.
Los SIDIPI deben asegurar el
enrolamiento de las niñas y niños en el Registro Civil. En caso de no estarlo,
la autoridad de los SIDIPI debe coordinar las acciones necesarias, tanto
institucionales como interinstitucionales, con el propósito de orientar y
apoyar a las familias para que cumplan con este derecho.
GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO
- Los SIDIPI deben contar el personal necesario propio o externo
que garantice la calidad del servicio prestado. El personal profesional
debe contar con habilidades y experiencia idónea acorde con el cargo a
desempeñar.
- Los SIDIPI con respecto al personal profesional deben:
- Desarrollar e implementar planes de inducción para los equipos
administrativo, directivo y docente;
- Implementar mecanismos de acompañamiento, seguimiento y
evaluación a la práctica docente;
- Elaborar un plan interno de desarrollo profesional educativo en
función de las necesidades de la institución, y establecer mecanismos de
seguimiento a su implementación;
- Gestionar planes de desarrollo personal y profesional para los
equipos administrativo, directivo y docente;
- Definir y ejecutar un sistema de incentivos no económicos para
el personal administrativo, directivo y docente; y,
- Mantener un registro del personal que labora en el SIDIPI.
GESTIÓN DE RIESGOS
- Con el objetivo de preservar la vida, la integridad física y el
bienestar de las niñas y niños, las y los coordinadores, directores y
educadores de los SIDIPI deben estar en capacidad de prevenir el peligro,
minimizar los riesgos, responder a emergencias y brindar primeros
auxilios, según lo establecido en el plan de reducción de riesgos.
- Los SIDIPI deben desarrollar y aplicar el plan de reducción de
riesgos como medida de prevención ante emergencias y desastres naturales,
en el cual se especifica los riesgos potenciales del SIDIPI, la valoración
de los mismos y los medios disponibles para enfrentar una posible
emergencia. El plan de reducción de riesgos estará elaborado en el formato
diseñado conjuntamente entre el MIES y el MINEDUC y debe estar articulado
con el Comité de Operaciones y Emergencias local.
- El plan de reducción de riesgos tiene la finalidad de organizar
el talento humano y los medios técnicos necesarios para la prevención y
actuación contra riesgos que puedan provocar situaciones de emergencia.
- El plan de reducción de riesgos debe considerar:
- Salidas de emergencia y flujo de evacuación con su respectiva
señalética;
- Seguridad física del SIDIPI y preparación frente a riesgos y
emergencias por parte de sus ocupantes.
- Se debe implementar estrategias que ofrezcan seguridad y
resguarden la integridad de todos los miembros de la comunidad educativa
dentro del SIDIPI.
- INFRAESTRUCTURA
- Los criterios normativos para la construcción y distribución de
los espacios de los SIDIPI, que buscan satisfacer requerimientos
pedagógicos, de seguridad y aportar al mejoramiento de la calidad en el
desarrollo y educación de las niñas y niños.Estos estándares enuncian las
condiciones de infraestructura que deben cumplir progresivamente los SIDIPI
para alcanzar niveles óptimos de calidad.
MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO
En los SIDIPI se debe implementar
diferentes y variados rincones de trabajo y juego, que son espacios delimitados
que están implementados con diversos materiales relacionados con las experiencias
de aprendizaje y vivencias que respondan a las edades e intereses de las niñas
y niños. En este espacio la o el educador o docente los organizan para realizar
diferentes actividades en forma simultánea y netamente lúdicas.
El material didáctico de los rincones
debe garantizar el desarrollo cognitivo-lenguaje, afectivo social y psicomotor
con enfoque inclusivo, diverso e intercultural. Respecto a las características
del material didáctico, el mismo debe:
Estar al alcance de las niñas y niños;
ser seguro y no tóxico;
ser resistente;
estar elaborado con material
reciclado; y,
priorizar el uso de materiales del
lugar.
El espacio y los materiales
disponibles tanto en el interior como en el exterior del SIDIPI, pueden ser
organizados como rincones multifuncionales que varían de acuerdo a los
intereses de las niñas y niños, a continuación, se cita los más recomendables:
- Rincón de relajación y/o descanso (para el subnivel 1),
- Rincón de psicomotricidad,
- Rincón de lectura,
- Rincón del hogar,
- Rincón de música
- Rincón de arena y agua,
- Rincón de juegos tranquilos, y
- Rincón de pintura y dibujo.
Área de descanso: El área de descanso
debe contar con mobiliario y menaje para la siesta de niñas y niños hasta 2
años de edad, y colchonetas o colchones y menaje para niñas y niños entre 2 y 5
años.
Área de salud: Los SIDIPI deben
contar con una caja botiquín que contenga implementos necesarios para primeros
auxilios, debidamente validados por el MSP.
Área de alimentación
Cocina: Los SIDIPI deben contar con el
equipamiento y los utensilios indispensables y necesarios para la alimentación
de las niñas y niños.
Comedor: Los SIDIPI deben contar con un área de
comedor equipada de acuerdo a las medidas antropométricas y al número total de
niñas y niños entre 1 y 5 años de edad.
Para las niñas y niños menores de 1
año se debe contar con las sillas de comer para bebés.
Área administrativa: Los SIDIPI deben contar con un área
administrativa equipada y apropiada para la atención oportuna a las familias.
El área administrativa debe contar con los siguientes espacios equipados:
Oficina para la o el coordinador o
director del SIDIPI.
Sala de reuniones.
Espacio de espera con sillas cómodas.
MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE LAS
INSTALACIONES
Los SIDIPI deben contar con un área
para guardar los implementos de limpieza, el cual debe ser seguro y de difícil
acceso para niñas y niños, y mantener las seguridades que el caso amerite.
Los SIDIPI deben garantizar el
mantenimiento y limpieza permanente de su infraestructura, equipamiento y
mobiliario, independientemente de que el servicio sea propio o externalizado.
GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Los SIDIPI deben aplicar
efectivamente la normativa nacional que regula las acciones en las áreas:
pedagógica, de cuidado, de salud preventiva, de nutrición, de alimentación
saludable, administrativa y de servicios de apoyo.
CONTINUIDAD EDUCATIVA
Las niñas y niños que asisten a los
servicios de desarrollo integral para la primera infancia (SDIPI) públicos
tienen matrícula automática para ingresar al sistema educativo fiscal. Es
decir, las madres, padres de familia o representantes legales no tienen
necesidad de asistir a las sedes de inscripción del MINEDUC, ni realizar
trámite alguno.
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