Qué es?
El
Código de Convivencia es un instrumento institucional que busca garantizar el
ejercicio de derechos de los estudiantes a fin de contar con ambientes seguros,
saludables para el aprendizaje y facilitar la convivencia armónica de la
comunidad educativa
¿Para qué sirve?
El
Código de Convivencia es un documento público que promueve la participación
activa y democrática como condición necesaria del proceso de construcción,
garantizando la participación democrática de todos sus actores.
Tiempo de vigencia
El
tiempo establecido para la vigencia del Código de Convivencia Institucional es
de dos años escolares.
Pasos
1. Antecedentes y justificación
En esta sección deben constar los trabajos realizados anteriormente en la
creación de espacios de convivencia o relacionamiento entre todos los actores
de la comunidad educativa.
2. Fundamentos del código de convivencia
Recuerde que es necesario considerar los principios rectores de la
Convivencia Escolar para la construcción del Código tales como:
- -
Educación
para el cambio
- -
Libertad
- -
El
interés superior del niño y adolescente
- -
El
enfoque de derechos
- -
Educación
para la democracia
- -
Comunidad
de aprendizaje
- -
La
participación ciudadana concibe ser protagonista
- -
Cultura
de paz y solución de conflictos
- -
Equidad
e Inclusión
- -
El
principio de convivencia armónica.
3. Objetivos del código de convivencia
Es la construcción de forma participativa de un instrumento público que
contenga acuerdos y compromisos que garanticen la convivencia armónica entre
todos los actores de la comunidad educativa, en el marco de los derechos
humanos y el Buen Vivir.
4. Acuerdos y compromisos del código
En base a las matrices diseñadas para la definición de acuerdos y
compromisos, se debe hacer una lista de los mismos escritos de forma positiva
para promover el éxito de los mismos.
5. Procedimientos regulatorios
Estos deben tener correspondencia con la normativa jurídica vigente y el
Acuerdo Ministerial No. 434-12, que asegure el ejercicio de los derechos y
obligaciones de todos los actores de la comunidad educativa; así como aquellos
que han sido resultantes de la construcción del Código.
6. Comisiones de participación en la construcción del
código
Utilizando la matriz adjunta, se resumirá el trabajo realizado por cada una
de las comisiones. Nota: Para leer Tabla, ver Registro Oficial Suplemento 93 de
2 de octubre de 2013, página 18.
7. Plan de convivencia armónica institucional
En este apartado se incorporará la matriz de actividades priorizadas para
el período escolar vigentes según corresponda (Régimen Costa o Régimen Sierra).
8. Plan de
seguimiento
Con la matriz de seguimiento
definida para este fin, se visibiliza los aspectos más relevantes que la
institución educativa debe realizar o alcanzar, como son:
-
Cumplimiento
de los acuerdos y compromisos.
-
Socialización
y difusión del Código (interna y externa).
-
Actividades
del Plan Anual de Convivencia Armónica Institucional
9. Plan de evaluación
Se adjunta matriz de evaluación que consta en la sección correspondiente a
la evaluación del Plan de Convivencia Armónica Institucional.
10. Plan de comunicación
Fundamentalmente en esta parte se debe enfocar inicialmente a la
socialización del Código de Convivencia Armónica Institucional con todos los
actores de la comunidad educativa y luego a la difusión de las actividades que
promuevan prácticas de convivencia armónica permanentemente.
11. Presupuesto
Dentro de los estándares de calidad, se encuentran los de gestión del
talento humano y recursos, así como los relacionados con el clima
organizacional y convivencia escolar, por lo que la autoridad institucional
debe planificar y gestionar la obtención de distribución de los recursos y
propicia un ambiente de respeto y fortalece alianzas estratégicas con la
comunidad en beneficio del establecimiento educativo.
12. Anexos
En los anexos estarán incluidos informes de los talleres de trabajo y todos
los insumos que se consideren importantes.
13. Aprobación y ratificación del código de convivencia
institucional
Se elaborará un acta en la que firmarán dicha aprobación, luego de lo cual
se enviará un oficio a las Dirección Distrital de Educación, con el informe de
aprobación o ratificación del Código para su registro correspondiente en un
plazo no mayor de 72 horas.
- En las instituciones educativas públicas:
- El Rector, director o líder del establecimiento;
- Un docente delegado por la Junta General de Directivos y Docentes;
- Un delegado de la Comisión de Promoción de la Convivencia Armónica Institucional.
- Dos delegados del comité de padres, madres y/o
representantes legales de los estudiantes.
- El presidente y vicepresidente del Consejo estudiantil
- Un representante de la parte administrativa y de
servicios de la institución.
- En las instituciones particulares y fiscomisionales:
- El Rector, director o líder del establecimiento;
- Un docente delegado por la Junta General de Directivos y
Docentes;
- Un delegado de la Comisión de Promoción de la Convivencia
Armónica Institucional.
- Dos delegados del comité de padres, madres y/o
representantes legales de los estudiantes.
- El presidente del Consejo y vicepresidente del Consejo
estudiantil (2)
- Un representante de la parte administrativa y servicios
de la institución.
- Para garantizar el debido proceso, mediante reunión específica convocada por el Gobierno Escolar se aprobará o ratificará el Código de Convivencia Institucional, se elaborará un acta en la que firmarán dicha aprobación, luego de lo cual se enviará un oficio a las Dirección Distrital de Educación, con el informe de aprobación o ratificación del Código para su registro correspondiente en un plazo no mayor de 72 horas.
PARA MAYOR INFORMACIÓN:

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