viernes, 7 de febrero de 2020

EL CÓDIGO DE CONVIVENCIA


Qué es?
El Código de Convivencia es un instrumento institucional que busca garantizar el ejercicio de derechos de los estudiantes a fin de contar con ambientes seguros, saludables para el aprendizaje y facilitar la convivencia armónica de la comunidad educativa

¿Para qué sirve?
El Código de Convivencia es un documento público que promueve la participación activa y democrática como condición necesaria del proceso de construcción, garantizando la participación democrática de todos sus actores.

Tiempo de vigencia
El tiempo establecido para la vigencia del Código de Convivencia Institucional es de dos años escolares.
Pasos
1. Antecedentes y justificación
En esta sección deben constar los trabajos realizados anteriormente en la creación de espacios de convivencia o relacionamiento entre todos los actores de la comunidad educativa.
2. Fundamentos del código de convivencia
Recuerde que es necesario considerar los principios rectores de la Convivencia Escolar para la construcción del Código tales como:


  1. -          Educación para el cambio
  2. -          Libertad
  3. -          El interés superior del niño y adolescente
  4. -          El enfoque de derechos
  5. -          Educación para la democracia
  6. -          Comunidad de aprendizaje
  7. -          La participación ciudadana concibe ser protagonista
  8. -          Cultura de paz y solución de conflictos
  9. -          Equidad e Inclusión
  10. -          El principio de convivencia armónica.



3. Objetivos del código de convivencia
Es la construcción de forma participativa de un instrumento público que contenga acuerdos y compromisos que garanticen la convivencia armónica entre todos los actores de la comunidad educativa, en el marco de los derechos humanos y el Buen Vivir.

4. Acuerdos y compromisos del código
En base a las matrices diseñadas para la definición de acuerdos y compromisos, se debe hacer una lista de los mismos escritos de forma positiva para promover el éxito de los mismos.

5. Procedimientos regulatorios
Estos deben tener correspondencia con la normativa jurídica vigente y el Acuerdo Ministerial No. 434-12, que asegure el ejercicio de los derechos y obligaciones de todos los actores de la comunidad educativa; así como aquellos que han sido resultantes de la construcción del Código.

6. Comisiones de participación en la construcción del código
Utilizando la matriz adjunta, se resumirá el trabajo realizado por cada una de las comisiones. Nota: Para leer Tabla, ver Registro Oficial Suplemento 93 de 2 de octubre de 2013, página 18.


7. Plan de convivencia armónica institucional
En este apartado se incorporará la matriz de actividades priorizadas para el período escolar vigentes según corresponda (Régimen Costa o Régimen Sierra).

 8. Plan de seguimiento
 Con la matriz de seguimiento definida para este fin, se visibiliza los aspectos más relevantes que la institución educativa debe realizar o alcanzar, como son:
-          Cumplimiento de los acuerdos y compromisos.
-          Socialización y difusión del Código (interna y externa).
-          Actividades del Plan Anual de Convivencia Armónica Institucional

9. Plan de evaluación
Se adjunta matriz de evaluación que consta en la sección correspondiente a la evaluación del Plan de Convivencia Armónica Institucional.

10. Plan de comunicación
Fundamentalmente en esta parte se debe enfocar inicialmente a la socialización del Código de Convivencia Armónica Institucional con todos los actores de la comunidad educativa y luego a la difusión de las actividades que promuevan prácticas de convivencia armónica permanentemente.

11. Presupuesto
Dentro de los estándares de calidad, se encuentran los de gestión del talento humano y recursos, así como los relacionados con el clima organizacional y convivencia escolar, por lo que la autoridad institucional debe planificar y gestionar la obtención de distribución de los recursos y propicia un ambiente de respeto y fortalece alianzas estratégicas con la comunidad en beneficio del establecimiento educativo.
12. Anexos
En los anexos estarán incluidos informes de los talleres de trabajo y todos los insumos que se consideren importantes.

13. Aprobación y ratificación del código de convivencia institucional
Se elaborará un acta en la que firmarán dicha aprobación, luego de lo cual se enviará un oficio a las Dirección Distrital de Educación, con el informe de aprobación o ratificación del Código para su registro correspondiente en un plazo no mayor de 72 horas.
  • En las instituciones educativas públicas:
  • El Rector, director o líder del establecimiento;
  • Un docente delegado por la Junta General de Directivos y Docentes;
  • Un delegado de la Comisión de Promoción de la Convivencia Armónica Institucional.
  • Dos delegados del comité de padres, madres y/o representantes legales de los estudiantes.
  • El presidente y vicepresidente del Consejo estudiantil
  • Un representante de la parte administrativa y de servicios de la institución.
  • En las instituciones particulares y fiscomisionales:
  •  El Rector, director o líder del establecimiento;
  • Un docente delegado por la Junta General de Directivos y Docentes;
  • Un delegado de la Comisión de Promoción de la Convivencia Armónica Institucional.
  • Dos delegados del comité de padres, madres y/o representantes legales de los estudiantes.
  • El presidente del Consejo y vicepresidente del Consejo estudiantil (2)
  • Un representante de la parte administrativa y servicios de la institución.
  • Para garantizar el debido proceso, mediante reunión específica convocada por el Gobierno Escolar se aprobará o ratificará el Código de Convivencia Institucional, se elaborará un acta en la que firmarán dicha aprobación, luego de lo cual se enviará un oficio a las Dirección Distrital de Educación, con el informe de aprobación o ratificación del Código para su registro correspondiente en un plazo no mayor de 72 horas.
PARA MAYOR INFORMACIÓN:

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